Your browser (Internet Explorer 7 or lower) is out of date. It has known security flaws and may not display all features of this and other websites. Learn how to update your browser.

X

Las medidas de apoyo a los emprendedores del Gobierno al detalle

Parece que el Gobierno de España ha decidido al fin mover ficha en las medidas de apoyo a los emprendedores, y el pasado 22 de febrero aprobó una serie de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo al crecimiento y a la creación de empleo, la mayoría de ellas dirigidas a los jóvenes menores de 30 años. A continuación comentamos las novedades más destacadas, y os animamos a participar en una encuesta sobre estas medidas en nuestro grupo de emprendedores y empresarios.

La Ministra de Empleo Fátima Bañez
La Ministra de Empleo Fátima Bañez
Tarifa plana de 50€ en la cotización a la Seguridad Social

Los menores de de 30 años que inicien una actividad como autónomos, pagarán únicamente 50€ a la Seguridad Social durante los 6 primeros meses de actividad (reducción del 80%).Durante los 6 meses siguientes, se les aplicará una reducción del 50%, y durante los 18 meses siguientes, una reducción (3 meses) y una bonificación (15 meses) de un 30% de la cuota. En total, habrá una reducción u otra de las cuotas a la Seguridad Social durante los 2 años y medio desde el inicio de actividad.

En el caso de personas con discapacidad se aplicará la tarifa plana durante 12 meses y una bonificación del 50% durante cuatro años más.

Compatibilización del paro y el alta de autónomos

Una medida dirigida también a menores de 30 años. Se podrá seguir cobrando el paro durante los primeros 9 meses de alta al  Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

Así mismo, se amplía de 2 a 5 años la duración del ejercicio de una actividad por cuenta propia que permite interrumpir y, por tanto, reanudar el cobro de la prestación.

 Ampliación de las posibilidades de capitalización del desempleo para iniciar una actividad emprendedora

Si hasta ahora la capitalización del paro se podía utilizar únicamente para iniciar una actividad como autónomo o para integrarse en una cooperativa o sociedad laboral, a partir de ahora, los menores de 30 años podrán utilizarla también para realizar una aportación al capital social de una sociedad mercantil.

Además se podrá utilizar esta capitalización para adquirir servicios de asesoramiento, formación e información,y cubrir los gastos de constitución de una nueva sociedad.

El importe íntegro capitalizado estará exento de tributación al IRPF (hasta ahora el importe exento estaba limitado a 15.500€)

Estímulos a la contratación

Dentro de las medidas que persiguen facilitar la contratación, son de especial interés para emprendedores y microempresas las siguientes reducciones de la cuota empresarial a la Seguridad Social:

- Del 100% durante un año a los  autónomos y las empresas de hasta 9 trabajadores que contraten de forma indefinida a parados menores de 30 años.

- Del 100% para pimes para la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa para menores de 30 años sin experiencia laboral previa, que provengan de sectores donde no haya demanda de empleo o que se encuentren desempleados desde hace más de 12 meses. Esta reducción será del 75% para empresas de más de 250 trabajadores.

- Contrato “generaciones”: Reducción del 100% para contratar a un desempleado de larga duración mayor de 45 años que pueda ofrecer a la actividad la experiencia necesaria.

- Bonificaciones durante tres años  (800€/año) por la incorporación como socios trabajadores de menores de 30 años en cooperativas y sociedades laborales.

Tributación reducida de sociedades de nueva creación y autónomos

- Las sociedades de nueva creación tributarán a un tipo reducido del 15% (base comprendida entre 0 y 300.000 €) y del 20% (resto de la base) durante los dos primeros ejercicios en que se obtengan resultados positivos.

- Los autónomos que inicien actividades económicas podrán aplicar una reducción del 20% en los rendimientos netos que obtengan durante los dos primeros ejercicios en que se obtengan resultados positivos.

Medidas de lucha contra la morosidad

Se establece un plazo de pago de 30 días para todas las operaciones privadas, ampliables como mucho a 60 días de mutuo acuerdo.

¿Qué opinas?

Una primera valoración de estas medidas podría ser que van bien encaminadas, aunque son poco ambiciosas y se enfocan principalmente en los jóvenes, como ya comentábamos en nuestro artículo La tarifa plana para jóvenes emprendedores: ¿plan u ocurrencia?

No obstante, antes de hacer una valoración exhaustiva, queremos conocer vuestra opinión, para ello os animamos a participar en la encuesta que encontraréis en nuestro grupo para emprendedores y empresarios, también podéis dejar vuestros comentarios aquí mismo. Os recordamos que sigue en marcha la campaña de recogida de firmas para la Carta de los emprendedores al presidente Rajoy que contiene las medidas de apoyo al emprendimiento surgidas de un debate anterior entre los miembros del grupo. Ya llevamos 2.500 firmas, pero queremos que sean muchas más. Si aún no lo has hecho ¡Firma ahora!

Comentarios

Jose Gabriel Ortega Paredes
Reply

Ofrezco jardinería si hay jardines a cuidar ¿Favorecer la oferta sin esfuerzo por superar la retracción de la demanda?

Reply

Si te entendemos bien… quieres decir que es inútil favorecer el emprendimiento mientras no se se genere demanda en nuestra economía, ¿no? Sin embargo hay muchos motivos para pensar que, al contrario, este es un buen momento para emprender. Este post tiene casi un año, pero sigue siendo vigente https://idaccion.com/es-el-momento-de-emprender/

Jose Martos
Reply

Así, a primera vista veo mucho foco en promover la faceta de emprendedor de los menores de 30 años.Aunque me gustaría pensar que existen muchos menores de 30 años deseosos de lanzarse a la aventura empresarial, me parece bastante poco realista pensar que existe un colectivo grande de dicha edad con experiencia, contactos, etc. suficiente para emprender un proyecto empresarial y con ello tirar de la economía. ¡Ojala me equivoque!

Reply

Efectivamente, en España, la edad media del emprendedor se sitúa en los 38 años. Y es razonable que así sea. Se puede emprender siendo joven y tener éxito. Y es cierto que si has de fracasar “fracasa pronto, fracasa rápido y sobre todo… fracasa barato”. Pero lo más lógico es emprender cuando tienes cierta experiencia, conocimiento de un sector, contactos… y así detectar y aprovechar las oportunidades de negocio.

antoni elias fusté
Reply

Son medidas de apoyo para jóvenes “empresarios”, ¿ por qué se empeñan en llamarles “emprendedores” ?.
Un empresario además de emprendedor, tiene que tener la capacidad de tomar riesgo, de arriesgar algo suyo para llevar un producto o un servicio al mercado, sin embargo un emprendedor no necesariamente tiene que ser empresario, puede trabajar para un empresario transformando ideas en productos o servicios, o puede ser un autónomo, por ejemplo un escritor.
¿Que pasa con la palabra empresario ?

Reply

Antoni, creo que la discusión terminológica daría para mucho. Un vistazo a lo que dice la wikipedia nos da una idea sobre la complejidad y los matices que puede tener la palabra emprendedor http://es.wikipedia.org/wiki/Emprendedor. El estudio GEM (Global Entrepreneurship Monitor) por su parte considera “actividad emprendedora” aquella que se produce desde la puesta en marcha de la empresa y hasta los primeros 42 meses de actividad (3 años y medio).

Nosotros solemos hablar -sin querer sentar cátedra- de emprendedores para aquellas personas que quieren crear o crean una nueva empresa, mientras que un empresario es aquel que posee o dirige una empresa consolidada (la haya creado él o no).

Desde esa base terminológica (discutible) hay medidas dirigidas específicamente a la acción de emprender y otras que pueden afectar tanto al emprendimiento como a la gestión empresarial.

Antón
Reply

En primer lugar, los menores de 30 años autoempleadores son pocos, frente a la franja entre 30 y 35 años gente con ya alguna experiencia y van a lo seguro… en fin. Esto no resolverá gran cosa. Por otra parte queda la franja entre 50 y 65 años a los que están trabajando se les podía reducir la cuota a la SS tanto del empleado como de la empresa. Y no se hizo nada.
Con esto bien poco avanzamos

Reply

Estamos de acuerdo, centrarse en los menores de 30 años quizás si es hacer algo por los jóvenes, pero poco para el emprendimiento en general. La edad media del emprendedor en España es de 38 años (GEM 2011 http://www.gemconsortium.org/docs/download/2262) y es razonable emprender cuando se dispone de cierta experiencia, contactos, etc (aunque también haya muchos ejemplos de jóvenes que emprenden con éxito)

Golive
Reply

Estas medidas aunque mejor que nada son intervencionismo puro. Sería mejor que mejorarán las condiciones para todos, no como en este plan de si pero…..

Albert
Reply

“Así mismo, se amplía de 2 a 5 años la duración del ejercicio de una actividad por cuenta propia que permite interrumpir y, por tanto, reanudar el cobro de la prestación.”
¿Esta medida es para jóvenes <30? ¿o para cualquier persona?
El periodo mínimo para reanudar el cobro de la prestación (incluido el subsidio), ¿es de 2 años de activitdad por cuenta propia?
Gracias

Natalia
Reply

Es cierto que hay muchos jóvenes en paro y mayores de 45 y las medidas me parecen bien para incentivar a las empresas su contratación pero que hacemos los que estamos en medio??. Con respecto a las ayudas para emprendedores estoy totalmente de acuerdo con CEO, hace falta experiencia para poner un negocio.
¿Sabes si hay alguna ayuda para el resto o es sólo para jóvenes?

Isabel
Reply

Las ayudas al emprendimiento-creador de empresa-autonomo deben de ser a todo aquel que tome dicha decisión, ya sea por primera vez o vuelva de nuevo a intentarlo, tenga la edad que tenga, tenga las circunstancias que tenga (minusvalias, sexo…) Si todos somos iguales en la constitución pues todos tenemos el mismo derecho a las ayudas.
Vamos que nos quieren vender medidas al emprendimiento por MEDIDAS A CIERTOS SECTORES POR FRANJA DE EDAD, esta visto que en función de edad tienes más opciones para que te den trabajo o te autoemplees, el resto no tienen derecho.

fer
Reply

Lo de discriminación por razón de edad ¿no aparece en la Constitución?

[...] Sin recoger exactamente la propuesta,  el anteproyecto de Ley sí permite una rebaja de cotización para los autónomos pluriempleados que ya coticen en otro régimen, lo que supone da un paso más en la flexbilización de las condiciones para darse de alta de autónomo junto a otras aprobadas en marzo. [...]

Escribe una respuesta a AntónCancel reply